España mantiene los requisitos de visado para venezolanos

martes 15 abr 2025

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A partir de este 2025, las autoridades españolas han ratificado los lineamientos migratorios para ciudadanos no comunitarios que planeen instalarse en el país por más de 90 días con fines educativos, formativos o de intercambio cultural.

Para los venezolanos que residen en España o que están considerando emigrar desde Venezuela por esta vía, es clave conocer los requisitos actuales para tramitar el visado de estudios, que también cubre estancias por prácticas, voluntariado, programas au pair y como auxiliares de conversación.

Aunque no se han producido cambios radicales en la normativa, sí se ha reforzado la exigencia de ciertos documentos clave, especialmente en lo relativo a la solvencia económica, cobertura médica y antecedentes penales.

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¿Quiénes necesitan visado para estudiar en España?

Todo venezolano que desee permanecer en España por más de 90 días para realizar estudios, voluntariado, prácticas no laborales o participar en programas como au pair debe tramitar un visado de estudios.

Esta normativa también aplica a quienes vayan a ser auxiliares de conversación en instituciones oficiales.

Si la estancia será inferior a tres meses, y dependiendo del tipo de pasaporte, podría no requerirse un visado de estudios, pero en ese caso se debe revisar si es necesario un visado Schengen.

Actividades que califican para el visado de estudios

Entre las actividades que permiten solicitar este tipo de visado se encuentran:

  • Estudios universitarios o técnicos a tiempo completo en centros reconocidos.
  • Doctorados o posgrados.
  • Cursos de formación profesional o especializada.
  • Programas de intercambio escolar en bachillerato o secundaria.
  • Prácticas en empresas u organizaciones sin fines laborales.
  • Servicios de voluntariado en proyectos de interés público.
  • Programas au pair y de asistentes de idiomas.

Requisitos y documentación necesaria

La documentación que debe acompañar la solicitud incluye:

  • Formulario de visado nacional completado.
  • Pasaporte vigente con al menos un año de validez.
  • Carta de aceptación o admisión del centro educativo o programa.
  • Seguro de salud privado que cubra el período completo de la estancia, equivalente al sistema público español.
  • Justificación de medios económicos suficientes para cubrir gastos de vida y retorno.
  • Certificado médico reciente que garantice buen estado de salud.
  • Certificado de antecedentes penales si la estancia supera los 180 días.

En el caso de menores de edad, se exige además autorización firmada por los representantes legales.

Proceso de solicitud y tiempos de respuesta

La solicitud debe hacerse personalmente en la Oficina Consular correspondiente, preferiblemente con suficiente antelación al inicio del curso o programa. En algunos casos se puede delegar en un representante debidamente acreditado.

La embajada o consulado podría solicitar documentos adicionales o convocar a una entrevista personal. El plazo legal para recibir respuesta es de un mes, aunque puede extenderse si se requiere más información.

En caso de negativa, el solicitante podrá interponer un recurso de reposición o acudir al Tribunal Superior de Justicia de Madrid si considera que la decisión ha sido injusta.

Vigencia del visado y tarjeta de identidad

Cuando la estancia no supera los 180 días, el visado será válido durante todo el periodo sin necesidad de tramitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).

Sin embargo, si se prevé una permanencia mayor, el visado se emite por 90 días, y una vez en territorio español, se deberá tramitar la TIE en un plazo máximo de 30 días.

Es fundamental mantenerse informado a través de los canales oficiales del consulado o embajada para evitar contratiempos durante el proceso.

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