¿Cómo manejar el IRPF de un familiar fallecido en España?
miércoles 15 oct 2025

Perder a un familiar es un momento emocionalmente complejo y, además del duelo, es necesario afrontar obligaciones fiscales que no desaparecen con el fallecimiento.
Para los venezolanos que viven en España, conocer cómo gestionar el IRPF final evita errores, sanciones y preocupaciones adicionales.
Comparar seguros de sepelio puede ayudarte a anticipar este tipo de trámites, ya que muchas pólizas incluyen orientación legal y acompañamiento administrativo, algo muy útil cuando la familia debe encargarse de gestiones fiscales en un momento delicado.
Aspectos clave de la declaración de renta tras un fallecimiento
Cuando un contribuyente fallece, su declaración del IRPF requiere un tratamiento especial, aunque los principios del impuesto se mantienen. Es importante conocer las reglas para evitar problemas y cumplir con la ley.
¿Quién tiene que presentar la declaración final?
- Si el fallecimiento ocurre antes del 31 de diciembre, el período impositivo comprende desde el 1 de enero hasta la fecha de muerte.
- Si ocurre el 31 de diciembre, se puede considerar que el año fiscal es completo, y en algunos casos la familia puede optar por tributación conjunta incluyendo al fallecido.
Los límites de obligación de declarar no se ajustan por el tiempo vivido: se aplican los importes completos. Por ejemplo, si el fallecido obtuvo ingresos superiores a 22.000 euros con un solo pagador, estará obligado a declarar.
Límites de ingresos para declarar
| Situación del fallecido | Límite general de obligación de declarar |
|---|---|
| Un solo pagador | 22.000 euros |
| Varios pagadores (segundo y siguientes > 1.500 €) | 15.876 euros |
Ejemplo práctico: Don Carlos fallece el 15 de junio. Hasta esa fecha percibió su pensión y algunos rendimientos de capital. Sus herederos revisan los ingresos y concluyen que es necesario presentar la declaración final desde el 1 de enero hasta el 15 de junio.
Plazos de presentación del IRPF del fallecido
La declaración final se hace en los mismos plazos que la campaña habitual de la renta, generalmente entre abril y junio del año siguiente al fallecimiento. Si la muerte ocurre después del 31 de diciembre, la declaración corresponde al ejercicio completo anterior.
- El plazo normal comienza a principios de abril y termina el 30 de junio.
- Si la declaración resulta a pagar y se quiere domiciliar, el plazo termina unos días antes.
- Los herederos pueden solicitar prórrogas o presentar declaraciones complementarias si faltan datos fiscales.
¿Cómo calcular y presentar el IRPF final?
Para liquidar correctamente el IRPF, se deben sumar todas las rentas obtenidas desde el 1 de enero hasta la fecha de fallecimiento, incluyendo trabajo, capital y otras imputaciones.
La Ley 35/2006 establece que los importes que determinan la obligación de declarar se aplican completos, aunque el período sea parcial.
Tipos de rentas incluidas
| Tipo de renta | Inclusión en la declaración final |
|---|---|
| Ingresos de trabajo hasta el fallecimiento | Sí |
| Rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario | Sí |
| Imputaciones de renta (vivienda, segunda residencia) | Según normativa |
| Rentas posteriores al fallecimiento | No (pasan a los herederos) |
Documentos necesarios
- Certificado de defunción.
- Documentos que acrediten la herencia o representación (testamento, escritura).
- DNI o NIE del fallecido y de los herederos.
- Comprobantes de ingresos, deducciones y retenciones.
- Número de referencia del fallecido (casilla 505 de la renta anterior).
Responsabilidades fiscales de los herederos
Según el artículo 39.1 de la Ley General Tributaria, las obligaciones fiscales pendientes del fallecido se transmiten a los herederos, quienes responden con los bienes heredados. Las sanciones tributarias, sin embargo, no se heredan y se extinguen con la muerte.
Distribución de pagos o devoluciones
Si la declaración sale a pagar, los herederos asumen la deuda proporcionalmente. Si es a devolver, pueden solicitar la devolución mediante el modelo H-100.
Puntos clave:
- Los herederos deben probar su condición para tramitar la declaración.
- Si la herencia aún no está repartida, el representante de la misma presenta la declaración.
- Con varios herederos, devoluciones o pagos** se distribuyen según participación**.
Impuestos a gestionar tras el fallecimiento
Los herederos deben ocuparse de:
- Declaración final del IRPF del fallecido.
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) sobre el patrimonio heredado.
- Plusvalía municipal, si se transmiten bienes urbanos.
El IRPF grava las rentas hasta el fallecimiento, mientras que el ISD aplica sobre la adquisición de los bienes por los herederos.
Coordinación entre IRPF e ISD
- El IRPF se presenta en los plazos ordinarios (abril-junio).
- El ISD tiene un plazo de seis meses, prorrogable otros seis si se solicita oportunamente.
- Es recomendable valorar los bienes antes del ISD, ya que estas valoraciones se usarán en futuras declaraciones.
Gestionar el IRPF de un ser querido puede ser complicado, pero siguiendo los pasos correctos se evitan sanciones y se cumple con la ley. Además, es importante pensar en el futuro de la familia y comparar seguros de sepelio para protegerlos ante situaciones difíciles.